ECOS de PCM
Licencia pública de Red Hat eCos v1.1
1. DEFINICIONES
1.1. “Contribuyente” significa cada entidad que crea o contribuye a la creación de Modificaciones.
1.2. “Versión de colaborador” significa la combinación del Código original, las Modificaciones anteriores utilizadas por un Colaborador y las Modificaciones realizadas por ese Colaborador en particular.
1.3. “Código cubierto” significa el Código original o las Modificaciones o la combinación del Código original y las Modificaciones, en cada caso, incluidas partes del mismo.
1.4. “Mecanismo de distribución electrónica” significa un mecanismo generalmente aceptado en la comunidad de desarrollo de software para la transferencia electrónica de datos.
1.5. “Ejecutable” significa Código amparado en cualquier forma que no sea el Código fuente.
1.6. “Desarrollador inicial” significa la persona o entidad identificada como Desarrollador inicial en el aviso del Código fuente requerido por el Anexo A.
1.7. “Trabajo más grande” significa un trabajo que combina el Código amparado o partes del mismo con un código que no se rige por los términos de esta Licencia.
1.8. "Licencia" significa este documento.
1.9. “Modificaciones” significa cualquier adición o supresión de la sustancia o estructura del Código original o de cualquier Modificación anterior. Cuando el Código cubierto se publica como una serie de archivos, una Modificación es:
A. Cualquier adición o eliminación del contenido de un archivo que contiene el Código original o Modificaciones anteriores.
B. Cualquier archivo nuevo que contenga cualquier parte del Código original o Modificaciones anteriores.
1.10. “Código original” significa el Código fuente del código de software de computadora que se describe en el aviso de Código fuente requerido por el Anexo A como Código original y que, en el momento de su publicación bajo esta Licencia, aún no es un Código cubierto regido por esta Licencia.
1,11. "Código fuente" hace referencia a la forma preferida del Código amparado para realizar modificaciones, incluidos todos los módulos que contiene, más los archivos de definición de interfaz asociados, los scripts utilizados para controlar la compilación e instalación de un ejecutable o una lista de comparaciones diferenciales de código fuente. contra el Código original u otro Código cubierto disponible y bien conocido de la elección del Colaborador. El código fuente puede estar comprimido o en formato de archivo, siempre que el software de descompresión o desarchivado adecuado esté ampliamente disponible sin cargo.
1.12. “Usted” significa una persona física o jurídica que ejerce los derechos y cumple con todos los términos de esta Licencia o una versión futura de esta Licencia emitida en virtud de la Sección 6.1. Para las entidades legales, "Usted" incluye cualquier entidad que lo controle, esté bajo el control o esté bajo control común con Usted. Para los propósitos de esta definición, "control" significa (a) el poder, directo o indirecto, de causar la dirección o administración de dicha entidad, ya sea por contrato o de otra manera, o (b) propiedad del cincuenta por ciento (50%) o más de las acciones en circulación o el beneficiario final de dicha entidad.
1,13. El “Código de marca de Red Hat” es un código que Red Hat distribuye y / o permite que otros lo distribuyan bajo términos diferentes a los de la Licencia pública de Red Hat eCos. El Código de marca de Red Hat puede contener parte o todo el Código cubierto.
2. LICENCIA DE CÓDIGO FUENTE
2.1. La subvención inicial para desarrolladores.
Por la presente, el Desarrollador inicial le otorga una licencia mundial, libre de regalías y no exclusiva, sujeta a reclamos de propiedad intelectual de terceros:
(a) para usar, reproducir, modificar, exhibir, ejecutar, sublicenciar y distribuir el Código Original (o partes del mismo) con o sin Modificaciones, o como parte de un Trabajo Mayor; y
(b) en virtud de patentes ahora o en el futuro propiedad o controladas por el Desarrollador inicial, para hacer, haber hecho, usar y vender ("Utilizar") el Código original (o partes del mismo), pero únicamente en la medida en que dicha patente sea razonablemente necesaria para permitirle utilizar el código original (o partes del mismo) y no en mayor medida que pueda ser necesario utilizar modificaciones o combinaciones adicionales.
2.2. Beca de colaborador.
Cada Colaborador le otorga a Usted una licencia mundial, libre de regalías y no exclusiva, sujeta a reclamos de propiedad intelectual de terceros:
(a) para usar, reproducir, modificar, exhibir, ejecutar, sublicenciar y distribuir las Modificaciones creadas por dicho Contribuidor (o partes del mismo) ya sea sin modificaciones, con otras Modificaciones, como Código Cubierto o como parte de un Trabajo Mayor; y
(b) en virtud de patentes ahora o en el futuro que sean propiedad o estén controladas por el Contribuidor, para utilizar la Versión del Contribuidor (o partes de la misma), pero únicamente en la medida en que dicha patente sea razonablemente necesaria para permitirle utilizar la Versión del Contribuidor (o partes de la misma) , y no en mayor medida que pueda ser necesario utilizar modificaciones o combinaciones adicionales.
3. OBLIGACIONES DE DISTRIBUCIÓN
3.1. Solicitud de licencia.
Las Modificaciones que cree o a las que contribuya se rigen por los términos de esta Licencia, incluida, entre otras, la Sección 2.2. La versión del Código fuente del Código cubierto se puede distribuir solo bajo los términos de esta Licencia o una versión futura de esta Licencia publicada bajo la Sección 6.1, y Usted debe incluir una copia de esta Licencia con cada copia del Código Fuente que distribuya. No puede ofrecer ni imponer ningún término en ninguna versión del Código fuente que altere o restrinja la versión aplicable de esta Licencia o los derechos de los destinatarios a continuación. Sin embargo, puede incluir un documento adicional que ofrezca los derechos adicionales descritos en la Sección 3.5.
3.2. Disponibilidad de código fuente.
Cualquier Modificación que cree o a la que contribuya debe estar disponible en forma de Código fuente bajo los términos de esta Licencia a través de un Mecanismo de distribución electrónico aceptado para cualquier persona para quien haya puesto a disposición una versión ejecutable y para el Desarrollador inicial; y si está disponible a través del Mecanismo de distribución electrónica, debe permanecer disponible durante al menos doce (12) meses después de la fecha en que estuvo disponible inicialmente, o al menos seis (6) meses después de que una versión posterior de esa Modificación en particular se haya puesto a disposición de dichos destinatarios. Usted es responsable de garantizar que la versión del Código fuente permanezca disponible incluso si un tercero mantiene el Mecanismo de distribución electrónica. Usted es responsable de notificar al Desarrollador inicial de la Modificación y la ubicación de la Fuente si se proporciona un medio de contacto. Red Hat actuará como mantenedor de la Fuente y puede proporcionar un mecanismo de Distribución Electrónica para que la Modificación esté disponible. Puede ponerse en contacto con Red Hat para que la modificación esté disponible y notificar al desarrollador inicial. (http://sourceware.cygnus.com/ecos/
3.3. Descripción de modificaciones.
Debe hacer que todo el Código cubierto al que contribuya contenga un archivo que documente los cambios que realizó para crear ese Código cubierto y la fecha de cualquier cambio. Debe incluir una declaración destacada de que la Modificación se deriva, directa o indirectamente, del Código original proporcionado por el Desarrollador inicial e incluyendo el nombre del Desarrollador inicial en (a) el Código fuente, y (b) en cualquier aviso en un Ejecutable versión o documentación relacionada en la que Usted describe el origen o la propiedad del Código cubierto.
3.4. Asuntos de propiedad intelectual
(a) Reclamaciones de terceros.
Si tiene conocimiento de que una parte reclama un derecho de propiedad intelectual en una funcionalidad o código en particular (o su uso bajo esta Licencia), debe incluir un archivo de texto con la distribución del código fuente titulado "LEGAL" que describa la reclamación y la parte que realiza la afirmar con suficiente detalle que el destinatario sabrá a quién contactar. Si obtiene dicho conocimiento después de poner a disposición Su Modificación como se describe en la Sección 3.2, deberá modificar de inmediato el archivo LEGAL en todas las copias que ponga a disposición a partir de entonces y tomará otras medidas (como notificar a las listas de correo o grupos de noticias apropiadas) razonablemente calculadas para informar aquellos que recibieron el Código amparado que se han obtenido nuevos conocimientos.
(b) API de colaborador.
Si su modificación es una interfaz de programación de aplicaciones y posee o controla las patentes que son razonablemente necesarias para implementar esa API, también debe incluir esta información en el archivo LEGAL.
3.5. Avisos obligatorios.
Debe duplicar el aviso en el Anexo A en cada archivo del Código fuente y esta Licencia en cualquier documentación del Código fuente, donde describe los derechos de los destinatarios relacionados con el Código cubierto. Si creó una o más Modificaciones, puede agregar su nombre como Colaborador al Código fuente. Si no es posible colocar dicho aviso en un archivo de código fuente en particular debido a su estructura, entonces debe incluir dicho aviso en una ubicación (como un archivo de directorio relevante) donde es probable que un usuario busque dicho aviso. Puede optar por ofrecer y cobrar una tarifa por las obligaciones de garantía, soporte, indemnización o responsabilidad a uno o más destinatarios del Código cubierto.
Sin embargo, puede hacerlo solo en su propio nombre, y no en nombre del Desarrollador inicial o cualquier Contribuidor. Debe dejar absolutamente claro que dicha garantía, soporte, indemnización u obligación de responsabilidad la ofrece usted solo, y por la presente acepta indemnizar al Desarrollador inicial y a cada Contribuidor por cualquier responsabilidad en la que incurra el Desarrollador inicial o dicho Contribuidor como resultado de términos de garantía, soporte, indemnización o responsabilidad que ofrece.
3.6. Distribución de versiones ejecutables.
Puede distribuir el Código cubierto en forma ejecutable solo si se han cumplido los requisitos de la Sección 3.1-3.5 para ese Código cubierto, y si incluye un aviso que indique que la versión del Código fuente del Código cubierto está disponible bajo los términos de esta Licencia, incluyendo una descripción de cómo y dónde ha cumplido con las obligaciones de la Sección 3.2. El aviso debe incluirse de manera visible en cualquier aviso en una versión ejecutable, documentación relacionada o garantía en la que usted describa los derechos de los destinatarios relacionados con el Código cubierto. Puede distribuir la versión ejecutable del Código amparado bajo una licencia de Su elección, que puede contener términos diferentes de esta Licencia, siempre que cumpla con los términos de esta Licencia y que la licencia para la versión ejecutable no intente limitar o alterar los derechos del destinatario en la versión del Código fuente de los derechos establecidos en esta Licencia. Si distribuye la versión ejecutable con una licencia diferente, debe dejar absolutamente claro que los términos que difieren de esta licencia los ofrece usted solo, no el Desarrollador inicial ni ningún contribuyente. Por la presente, usted acepta indemnizar al Desarrollador inicial y a cada Colaborador por cualquier responsabilidad en la que incurra el Desarrollador inicial o dicho Colaborador como resultado de cualquiera de los términos que ofrezca.
Si distribuye versiones ejecutables que contienen Código amparado, debe reproducir el aviso en el Anexo B en la documentación y / o en otros materiales proporcionados con el producto.
3.7. Obras más grandes.
Puede crear un Trabajo más grande combinando el Código cubierto con otro código que no se rija por los términos de esta Licencia y distribuir el Trabajo más grande como un solo producto. En tal caso, debe asegurarse de que se cumplan los requisitos de esta Licencia para el Código cubierto.
4. INCAPACIDAD DE CUMPLIMIENTO POR ESTATUTO O REGLAMENTO
Si es imposible para Usted cumplir con cualquiera de los términos de esta Licencia con respecto a parte o la totalidad del Código cubierto debido a un estatuto o reglamento, entonces Usted debe: (a) cumplir con los términos de esta Licencia en la mayor medida posible. ; (b) citar el estatuto o reglamento que le prohíbe adherirse a la licencia; y (c) describir las limitaciones y el código al que afectan. Dicha descripción debe incluirse en el archivo LEGAL descrito en la Sección 3.4 y debe incluirse con todas las distribuciones del Código fuente. Excepto en la medida en que lo prohíba la ley o el reglamento, dicha descripción debe ser lo suficientemente detallada para que un destinatario con conocimientos ordinarios pueda comprenderla. Debe enviar este archivo LEGAL a Red Hat para su revisión, y no podrá utilizar el código cubierto de ningún modo hasta que Red Hat le otorgue el permiso para permitir la imposibilidad de cumplir debido a un estatuto o reglamento.
5. APLICACIÓN DE ESTA LICENCIA
Esta Licencia se aplica al código al que el Desarrollador inicial ha adjuntado el aviso en el Anexo A, y al Código cubierto relacionado.
Red Hat puede incluir Código cubierto en productos sin que dichos productos adicionales estén sujetos a los términos de esta Licencia, y puede otorgar licencias para dichos productos adicionales en términos diferentes de los contenidos en esta Licencia.
Red Hat puede licenciar el Código fuente del Código de marca de Red Hat sin que el Código de marca de Red Hat quede sujeto a los términos de esta Licencia, y puede licenciar el Código de marca de Red Hat en términos diferentes a los contenidos en esta Licencia. Comuníquese con Red Hat para obtener detalles sobre los términos de licencia alternativos disponibles.
6. VERSIONES DE LA LICENCIA
6.1. Nuevas versiones.
Red Hat puede publicar versiones revisadas y / o nuevas de la Licencia de vez en cuando. A cada versión se le asignará un número de versión distintivo.
6.2. Efecto de las nuevas versiones.
Una vez que el Código amparado se haya publicado bajo una versión particular de la Licencia, siempre podrá seguir utilizándolo según los términos de esa versión. También puede optar por utilizar dicho Código cubierto según los términos de cualquier versión posterior de la Licencia publicada por Red Hat. Nadie más que Red Hat tiene derecho a modificar los términos aplicables al Código amparado más allá de lo que se otorga en esta Licencia y en las posteriores.
6.3. Trabajos derivados.
Si crea o utiliza una versión modificada de esta Licencia (lo que solo puede hacer para aplicarla a un código que aún no está regido por esta Licencia), debe (a) cambiar el nombre de Su licencia para que las frases “ECOS ”,“ ECos ”,“ Red Hat ”,“ RHEPL ”o cualquier frase confusamente similar no aparecen en ninguna parte de su licencia y (b) de lo contrario, deje en claro que su versión de la licencia contiene términos que difieren de los de Red Hat eCos Public Licencia. (Completar el nombre del Desarrollador inicial, Código original o Colaborador en el aviso descrito en el Anexo A no se considerará en sí mismo como una modificación de esta Licencia).
7. RENUNCIA DE GARANTÍA
EL CÓDIGO CUBIERTO SE PROPORCIONA BAJO ESTA LICENCIA "TAL CUAL", SIN GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, YA SEA EXPRESA O IMPLÍCITA, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, GARANTÍAS DE QUE EL CÓDIGO CUBIERTO ESTÁ LIBRE DE DEFECTOS, COMERCIALIZABLE O ADECUADO PARA UN PROPÓSITO EN PARTICULAR -INFRING. USTED ASUME TODO EL RIESGO EN RELACIÓN CON LA CALIDAD Y EL RENDIMIENTO DEL CÓDIGO CUBIERTO. SI CUALQUIER CÓDIGO CUBIERTO RESULTA DEFECTUOSO EN CUALQUIER RESPECTO, USTED (NO EL DESARROLLADOR INICIAL NI CUALQUIER OTRO COLABORADOR) ASUME EL COSTO DE CUALQUIER SERVICIO, REPARACIÓN O CORRECCIÓN NECESARIA. ESTA RENUNCIA DE GARANTÍA CONSTITUYE UNA PARTE ESENCIAL DE ESTA LICENCIA. NO SE AUTORIZA EL USO DE CUALQUIER CÓDIGO CUBIERTO AQUÍ EXCEPTO BAJO ESTE DESCARGO DE RESPONSABILIDAD.
8. TERMINACIÓN
Esta Licencia y los derechos otorgados a continuación terminarán automáticamente si no cumple con los términos del presente y no subsana dicho incumplimiento dentro de los 30 días posteriores a su conocimiento. Todas las sublicencias del Código cubierto que se otorguen correctamente sobrevivirán a la terminación de esta Licencia. Las disposiciones que, por su naturaleza, deben permanecer en vigor más allá de la terminación de esta Licencia, sobrevivirán.
9. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA Y BAJO NINGUNA TEORÍA LEGAL, YA SEA AGRAVIO (INCLUYENDO NEGLIGENCIA), CONTRATO O DE OTRA MANERA, EL DESARROLLADOR INICIAL, CUALQUIER OTRO COLABORADOR O CUALQUIER DISTRIBUIDOR DEL CÓDIGO CUBIERTO O CUALQUIER PROVEEDOR DE CUALQUIERA DE DICHAS PARTES, O CUALQUIER OTRA PERSONA POR CUALQUIER DAÑO INDIRECTO, ESPECIAL, INCIDENTAL O CONSECUENTE DE CUALQUIER CARÁCTER, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, DAÑOS POR PÉRDIDA DE BUENA VOLUNTAD, PARADA DE TRABAJO, FALLA O MAL FUNCIONAMIENTO DE LA COMPUTADORA, O CUALQUIER Y TODOS LOS DEMÁS DAÑOS COMERCIALES, EVENTOS O PÉRDIDAS SE HABRÁ INFORMADO A LA PARTE DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS. ESTA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD NO SE APLICARÁ A LA RESPONSABILIDAD POR MUERTE O LESIONES PERSONALES RESULTANTES DE LA NEGLIGENCIA DE DICHA PARTE EN LA MEDIDA EN QUE LA LEY APLICABLE PROHÍBE DICHA LIMITACIÓN. ALGUNAS JURISDICCIONES NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN O LIMITACIÓN DE DAÑOS INCIDENTALES O CONSECUENTES, POR LO QUE ES POSIBLE QUE LA EXCLUSIÓN Y LIMITACIÓN NO SE APLIQUEN EN SU CASO.
10. USUARIOS FINALES DEL GOBIERNO DE EE. UU.
El Código cubierto es un "artículo comercial", según se define ese término en 48 CFR 2.101 (octubre de 1995), que consta de "software informático comercial" y "documentación de software informático comercial", tal como se utilizan dichos términos en 48 CFR 12.212 ( Septiembre de 1995). De acuerdo con 48 CFR 12.212 y 48 CFR 227.7202-1 a 227.7202-4 (junio de 1995), todos los Usuarios finales del gobierno de los EE. UU. Adquieren el Código cubierto con solo los derechos establecidos en este documento.
11. VARIOS
Esta licencia representa el acuerdo completo sobre el tema de la misma. Si alguna disposición de esta Licencia se considera inaplicable, dicha disposición se reformará solo en la medida necesaria para que sea ejecutable. Esta Licencia se regirá por las disposiciones de la ley de California (excepto en la medida en que la ley aplicable, si la hubiera, disponga lo contrario), excluyendo las disposiciones sobre conflicto de leyes. Con respecto a las disputas en las que al menos una de las partes es un ciudadano de, o una entidad autorizada o registrada para hacer negocios en, los Estados Unidos de América: (a) a menos que se acuerde lo contrario por escrito, todas las disputas relacionadas con esta Licencia (excepto disputa relacionada con los derechos de propiedad intelectual) estará sujeta a arbitraje final y vinculante, y la parte perdedora pagará todos los costos del arbitraje; (b) cualquier arbitraje relacionado con este Acuerdo se llevará a cabo en el condado de Santa Clara, California, bajo los auspicios de JAMS / EndDispute; y (c) cualquier litigio relacionado con este Acuerdo estará sujeto a la jurisdicción de los Tribunales Federales del Distrito Norte de California, con sede en el Condado de Santa Clara, California, y la parte perdedora será responsable de los costos, incluidos, entre otros, los tribunales costos y honorarios y gastos razonables de abogados. Se excluye expresamente la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Cualquier ley o reglamento que disponga que el lenguaje de un contrato se interpretará en contra del redactor no se aplicará a esta Licencia.
12. RESPONSABILIDAD POR RECLAMOS
Excepto en los casos en que otro Colaborador no haya cumplido con la Sección 3.4, usted es responsable de los daños que surjan, directa o indirectamente, de su utilización de los derechos bajo esta Licencia, según la cantidad de copias del Código cubierto que puso a disposición, los ingresos que recibió al utilizar dichos derechos y otros factores relevantes. Acepta trabajar con las partes afectadas para distribuir la responsabilidad de manera equitativa.
13. TÉRMINOS ADICIONALES APLICABLES A LA LICENCIA PÚBLICA DE RED HAT ECOS
Nada en esta Licencia se interpretará en el sentido de que prohíbe a Red Hat otorgar licencias bajo términos diferentes a los de esta Licencia de cualquier código que de otro modo Red Hat tendría derecho a licenciar.
Red Hat y logotipo: esta licencia no otorga ningún derecho de uso de la marca comercial Red Hat, el logotipo de Red Hat, el logotipo de eCos, incluso si dichas marcas están incluidas en el Código original. Puede comunicarse con Red Hat para obtener permiso para mostrar las marcas de Red Hat y eCos en la documentación o en la versión ejecutable más allá de lo requerido en el Anexo B.
Incapacidad de cumplir debido a una obligación contractual: en la medida en que Red Hat esté limitado contractualmente a poner a disposición el código de terceros bajo esta Licencia, Red Hat puede optar por integrar dicho código de terceros en el Código cubierto sin tener que distribuir dicho código de terceros en Forma del Código fuente, incluso si dicho código de terceros se consideraría "Modificaciones" en virtud de esta Licencia.
EXPOSICIÓN A
“El contenido de este archivo está sujeto a la Licencia Pública Red Hat eCos Versión 1.1 (la“ Licencia ”); no puede utilizar este archivo excepto de conformidad con la Licencia. Puede obtener una copia de la licencia en http://www.redhat.com/
El software distribuido bajo la Licencia se distribuye "TAL CUAL", SIN GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, ya sea expresa o implícita. Consulte la Licencia para conocer los derechos y las limitaciones que rigen el idioma específico en virtud de la Licencia.
El Código original es eCos - Embedded Configurable Operating System, lanzado el 30 de septiembre de 1998. El desarrollador inicial del código original es Red Hat. Las partes creadas por Red Hat tienen Copyright (C) 1998, 1999, 2000 Red Hat, Inc. Todos los derechos reservados ".
EXPOSICIÓN B
Parte del software integrado en este producto es eCos - Embedded Configurable Operating System, una marca comercial de Red Hat. Partes creadas por Red Hat tienen Copyright (C) 1998, 1999, 2000 Red Hat, Inc. (
EL SOFTWARE DE ESTE PRODUCTO FUE PROPORCIONADO EN PARTE POR RED HAT Y CUALQUIER GARANTÍA EXPRESA O IMPLÍCITA, INCLUYENDO, PERO NO LIMITADO A, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD E IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR SE RECHAZAN. EN NINGÚN CASO EL AUTOR SERÁ RESPONSABLE DE NINGÚN DAÑO DIRECTO, INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL, EJEMPLAR O CONSECUENTE (INCLUYENDO, PERO NO LIMITADO A, LA ADQUISICIÓN DE BIENES O SERVICIOS SUSTITUTOS; PÉRDIDA DE USO, DATOS O BENEFICIOS; O INTERRUPCIÓN COMERCIAL. ) SIN EMBARGO Y POR CUALQUIER TEORÍA DE RESPONSABILIDAD, YA SEA POR CONTRATO, RESPONSABILIDAD ESTRICTA O AGRAVIO (INCLUYENDO NEGLIGENCIA O DE OTRA MANERA) QUE SURJA DE CUALQUIER FORMA DEL USO DE ESTE SOFTWARE, INCLUSO SI SE HA INFORMADO DE LA POSIBILIDAD DE DICHO DAÑO.